Introducción El sistema penal separa, en forma categórica, el alojamiento de los y las detenidas de acuerdo con la normativa biologicista que dicotomiza sexos por su distinción anatómica. Iniciamos el artículo con una reflexión en torno a dos conceptos claves en nuestros abordajes: la perspectiva de género y la subjetividad. Luego esa perspectiva se fue complejizando, conjuntamente con la representación social de la mujer como sujeto dominado, atendiendo a la heterogeneidad de las mujeres, como un colectivo atravesado por distintos ejes de diferenciación social. Las diferencias de género se entrecruzan y potencian con diferencias establecidas sobre la base de la condición social y económica, la pertenencia étnica o nacional, la edad, entre otras variables. Se trata de construcciones histórico-culturales configuradas en las interacciones sociales, que varían de un grupo a otro y de una época a otra. Desde esta perspectiva, el género se vincula con el sexo de forma simbólica y no a partir de un mandato de la naturaleza. A su vez, la perspectiva de género y diversidad sexual implica un espectro amplio, atendiendo a los efectos diferenciados de los fenómenos sociales en mujeres y en lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex LGBTI. La constitución de la subjetividad implica que el sujeto posee herramientas que le permiten reorganizar sus representaciones acerca de sí mismo, de los otros y de su lugar en la sociedad.
Son pocas en relación al total de la población presa mujeres cis y 31 trans en el Servicio Penitenciario Federal, sobre un total de Pero muchas veces se llevan la peor parte en materia de quebrantamiento de derechos. Falta de agua, insuficiencia de comida, no acceso a tratamientos y atención médica —incluso cuando había síntomas o diagnósticos confirmados de Covid- fueron algunos de los asuntos por los que alzaron la voz. La respuesta, en casos como el de Córdoba, llegó en forma de recorrido.